El Glosario del Opositor: Puesto de trabajo
Si estás suscrito a nuestro canal de YouTube, ya conocerás nuestra lista de reproducción ‘El Glosario del Opositor’, en la que nuestra profesora de Legislación, Mª Eugenia Tejedor, os explica el significado de términos relacionados con el mundo de las oposiciones.
En este vídeo os explica qué significa ‘Puesto de trabajo’, ¿quieres saber la definición? ¡Sigue leyendo!
El puesto de trabajo son unas funciones que se le atribuyen al funcionario de acuerdo con unos determinados requisitos que deberá cumplir en función del cuerpo o escala al que pertenece.
El puesto de trabajo está recogido en la relación de puestos de trabajo con su denominación, sus requisitos, qué titulación tiene que tener para cubrirlo, las retribuciones complementarias, el grupo de adscripción profesional, etc. A la relación de puestos de trabajo les llamamos normalmente la RPT, necesidades de personal propiamente dichas.
No debes confundir lo que es el puesto de trabajo con la plaza porque la plaza es el derecho que tiene el funcionario al obtenerla, de desempeñar un puesto de trabajo dentro de la Administración Pública. La plaza es el derecho, el puesto son las funciones. No tiene que tener ni siquiera silla, ni un sitio adecuado en el que desempeñarlas.
Un funcionario puede pasar por distintos puestos de trabajo a lo largo de su vida y en virtud de la misma plaza. Un funcionario puede tener plaza y no tener puesto de trabajo por encontrarse en alguna situación administrativa que no haga que le conserven el puesto de trabajo, sin perjuicio a que cuando reingrese en el servicio activo, se le adscriba a uno del mismo.
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